SOLICITAR UNA AYUDA LEADER
CONVOCATORIAS DE AYUDA Y PLAZOS
Las bases reguladoras con la normativa general que rige la solicitud y concesión de las ayudas es igual para todo el periodo hasta el año 2020. Está publicada en el Boletín Oficial de Aragón.
El Gobierno de Aragón publicó en el Boletín Oficial de Aragón del 18 de noviembre de 2019, la ORDEN AGM/1481/2019, de 31 de octubre, de modificación de las Bases Reguladoras (Orden DRS/1482/2016, de 18 de octubre):
ORDEN AGM/1481/2019, de 31 de octubre, de modificación de la Orden DRS/1482/2016, de 18 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas LEADER para la realización de operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local LEADER en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020.
El Gobierno de Aragón publicó en el Boletín Oficial de Aragón del 27 de noviembre del 2019, la convocatoria anual 2020, puede descargarse en el siguiente enlace:
ORDEN AGM 1614_2019, por la que se convocan las ayudas LEADER para la realización de operaciones, año 2020.
La orden anual de convocatoria establecerá:
- el número de procedimientos de selección para cada año,
- el presupuesto disponible para cada tipo de proyectos subvencionables (productivos, de cooperación entre particulares y no productivos )
- el presupuesto de cada uno de los procesos de selección
- la fecha límite en la que deberán presentarse las solicitudes para cada proceso de selección.
TRÁMITES PARA SOLICITAR UNA AYUDA
Si quieres solicitar una ayuda LEADER del periodo 2014-2020 estos son los pasos que debes seguir:
01
Publicación de las ayudas en el Boletín Oficial de Aragón
Las bases reguladoras son las mismas hasta 2020.
Cada año se publica una convocatoria de ayudas (incluye presupuesto existente, nº de procesos de selección que habrá y plazo límite para solicitar la ayuda). Convocatoria anual vigente.
02
Entrevista del emprendedor con los técnicos del CEDER Somontano
Pedir cita previa llamando a los teléfonos 974/316005, 620 04 95 45 o por correo electrónico a: aescartin@cedersomontano.com
03
Preparar documentación
En general , todos los proyectos precisan de :
- Memoria descriptiva
- Presupuestos o facturas proforma de la inversión a realizar
- Documentación identificativa del solicitante
Además, algunos precisan de otros documentos , dependiendo del tipo de proyecto del que se trate:
- Proyecto de obra visado (o memoria valorada con presupuesto detallado y desglosado por partidas).
- Estudio de viabilidad
- Informe de vida laboral delas cuentas de cotización de la Seguridad Social para acreditar el empleo
- Convenio de colaboración entre personas que promueven un proyecto de cooperación entre particulares
- Otros
Toda la documentación a presentar se encuentra detallada en el apartado de esta web titulado «Documentación a presentar con la solicitud de ayuda».
04
Cursar formalmente la solicitud con la documentación completa
A) Las Solicitudes de Ayuda se tramitarán preferentemente en las oficinas del Centro de Desarrollo del Somontano ( C/ Juan de Lanuza 3 , bajos en Barbastro), ya que se debe realizar la solicitud de ayuda por tramitación electrónica.
Previamente el solicitante debe firmar una autorización para que el CEDER Somontano realice dicha tramitación electrónica.
B) También puede realizar la tramitación electrónica de la solicitud de ayuda, junto con la documentación que acompaña dicha solicitud, el propio solicitante, a través de la aplicación específica, accesible a través de la Oficina Virtual de trámites ubicada en la Sede Electrónica del Gobierno de Aragón, www.aragon.es
05
Acta de no inicio
Cuando la inversión incluya cualquier tipo de obra civil, los técnicos del CEDER visitan en lugar en el que se realizará la inversión. Comprueban que el proyecto no está realizado. El solicitante de la ayuda debe acompañarlos.
06
La Junta Directiva del CEDER informa al Gobierno de Aragón sobre elegibilidad del proyecto, y propone conceder o denegar subvención
07
El Gobierno de Aragón comunica al solicitante la resolución de la de las ayuda
Plazo oficial máximo: 6 meses desde la finalización del plazo de presentación) y comunicación de la resolución al beneficiario (1 mes).
Los proyectos que tengan informe de elegibilidad positivo pero que no reciban aprobación de ayuda por falta de presupuesto en un proceso de selección, podrán pasar al siguiente proceso siempre que no hayan iniciado la inversión. Deberán tramitar una nueva solicitud de ayuda en el plazo oportuno.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LA SOLICITUD DE AYUDA
Documentación a presentar con la solicitud de proyectos Productivos. Versión 7. 14-11-2018
Documentación a presentar con la solicitud de proyectos no productivos. Versión 5. 16-11-2017
Documentación a presentar con la solicitud de proyectos de cooperación entre particulares. Versión 2. 2017